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lunes, 20 de septiembre de 2010

Publicado en el BOE el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud



Buenos dias:

Os presento en esta nueva entrada la publicación en el Boletín Oficial del Estado Español el Real Decreto 1093/2010 por la que se aprueba el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el sistema Nacional de Salud.
y que regula los datos mínimos que tendrán que tener los informes de:


a) Informe clínico de alta

b) Informe clínico de consulta externa

c) Informe clínico de urgencias

d) Informe clínico de atención primaria

e) Informe de resultados de pruebas de laboratorio

f) Informe de resultados de pruebas de imagen

g) Informe de cuidados de enfermería

h) Historia clínica resumida



Con este Real Decreto se desarrolla lo establecido en la Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, y en la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Esto es aplicable a los informes clínicos tanto en soporte electrónico como en papel.

Estas leyes señalan que debe haber una definición previa de los datos mínimos que, por su relevancia, deben aparecer en los informes clínicos, para hacer posible su uso por parte de todos los centros y dispositivos asistenciales del Sistema Nacional de Salud mediante el intercambio telemático de información.

21 comentarios:

Antonio De La Hera dijo...

Me parece muy interesante el contenido de la publicación en cuanto a la implantación de ese sistema de compatibilidad a nivel nacional para obtener una homogeneidad en los datos de la historia clínica de cada paciente.Pero este decreto tiene más de un año y de momento yo no veo ese sistema implantado y plenamente funcional.

Chrisƨ dijo...

Buenas tardes

En verdad estaba al tanto, en parte, sobre la nueva legislación en la que se obliga a los profesionales enfermeros y enfermeras a incluir los códigos NANDA (diagnóstico), NOC (resultados esperados) y NIC (intervenciones) en su práctica profesional. Esta es una labor que, como profesor en la Facultad de Enfermería, llevamos trabajando desde hace tiempo con los estudiantes de grado. Este real decreto, que realmente no conocía, refuerza, por la inclusión de los códigos correspondientes a NANDA, NOC y NIc en la Historia Clínica, el trabajo que estamos realizando.

JM Picardo

Anónimo dijo...

una vez leido la documentación ofrecida en el BOE sobre la historia clínica electrónica, pensamos que su implantación no ha sido tan rápida como se esperaba y que apenas ofrece carácter multidisciplinar por lo que no se le saca todo el partido que se podría sacar

Elena dijo...

Buenas tardes.
Soy Fisioterapeuta, y tras la lectura del B.O.E, he podido observar que los profesionales Fisioterapeutas “no somos nada” dentro de la historia clínica electrónica, no consta nuestro Diagnóstico de Fisioterapia, nuestras herramientas de evaluación y valoración, etc…, en resumen no consta nada, no existimos, pero si formamos parte del sistema por lo que no entiendo la inexistencia de la Fisioterapia.
Considero que también realizamos una labor importante en la recuperación y calidad de vida de los pacientes.
Elena de la Barrera.

Anónimo dijo...

Grupo 17: Tras haber leído el BOE, llegamos a la conclusión que la estructura de los datos que muestra está muy bien definida, que está muy bien organizada la parte de la historia clínica de enfermería y nos parece muy interesante el apartado de los conjuntos de datos.

Anónimo dijo...

Buenas tardes a nosotros nos parece muy interesante que la Ley obligue a utilizar los códigos NIC y NOC ya que es el lenguaje universal para comunicarnos entre los profesionales de enfermería

Flávia Regina Bueno dijo...

Una ley de este tipo es un gran avance para la organización y para una mejor comunicación entre profesionales y pacientes y entre profesionales de la salud. Además que la realización correcta de estos documentos permite el desarrollo de la investigación en salud, porque los registros de normaliza y facilita el acceso.
Sin embargo, es necesario que los profesionales de la propiedad tiene que trabajar con estos documentos y que los pacientes sean educados a conocer su historial médico, y por lo tanto es importante que se llenen correctamente y simple.

Anónimo dijo...

Es muy positivo para la eficacia en el tratamiento y seguim.iento de los pacientes.

Anónimo dijo...

Buenas tardes: tras leer esto, me doy cuenta de la poca información que tenemos el personal sanitario, en cuanto la legislación sanitaria.
todavia no he visto ningúna historia clinica que este escrita como diceel boe.

Anónimo dijo...

Esto facilita mucho las cosas y realmente que esté legislado no lleva a confusiones y nos deja trabajar con más comodidad. Lógicamente deberemos comunicarnos todos en el mismo idioma, esto es, por medio de las herramientas que se nos facilitan en la profesión de enfermería en concreto,a saber, NANDA, NIC y NOC, como ya se hace en un porcentaje muy alto tanto en Especializada como en Primaria.

Laura Ferrer Gil (Master UCA,Grupo 12) dijo...

En su gran mayoría estaba al tanto de el contenido mínimo que regula este documento. Lo que no sabía es que las entidades privadas tipo ISFAS debían hacerlo también. El problema que encuentro como usuaria de dichas entidades es que la realización de dicha Historia Clínica no se lleva a cabo, puesto que aún algunos médicos no usan los ordenadores, o no existe la consulta de enfermería (estando disponible solo como sala de curas y urgencias), o simplemente su implantación no esta disponible para todos los servicios.

Anónimo dijo...

Nos gustaría mencionar la no contemplación de la figura del fisoterapeuta en éste decreto. Dado la importancia de éste campo en el ambito sanitario, tanto en el periodo de hospitalización como al ser dado de alta.

Anónimo dijo...

Nos gustaría mencionar la no contemplación de la figura del fisoterapeuta en éste decreto. Dado la importancia de éste campo en el ambito sanitario, tanto en el periodo de hospitalización como al ser dado de alta.

laura blanco y elvira dueñas dijo...

El artículo es muy provechoso ya que en nuestra época se necesita un sistema por el cual todas las comunidades se conecten y se estandarice la información y así como dice dicho artículo se eviten pruebas innecesarias que el paciente ya tenga realizadas en cualquier otro lugar y la facilidad de obtener datos rapidamente y de manera precisa.

Anónimo dijo...

La implantación de este sistema es bueno para obtener una historia clínica común, que a la hora de la practica en nuestra profesión es de gran utilidad.
Mi preocupación es saber si sera bien recibido por profesionales de una determinada edad la mayoría negados a aceptar las nuevas tecnologías o con problemas para entenderla.

Anónimo dijo...

Nos parece muy novedoso ya que es un sistema en cual reune toda la informacion relevante de forma que cualquier profesional sanitario que necesite disponer de dicha información pueda acceder a ella de forma rápida y eficaz.
Por lo tanto nos parece un buen método para unificar el trabajo de los distintos sectores sanitarios, formar los equipos multidisciplinares y poder llevar un control sobre ello.

myriam dijo...

Tras leer el BOE que regula la historia clinica electronica, me parece poco acertado que no recoja al equipo de fisioterapia.

Anónimo dijo...

Nos parece muy novedoso ya que es un sistema en cual reune toda la informacion relevante de forma que cualquier profesional sanitario que necesite disponer de dicha información pueda acceder a ella de forma rápida y eficaz.
Por lo tanto nos parece un buen método para unificar el trabajo de los distintos sectores sanitarios, formar los equipos multidisciplinares y poder llevar un control sobre ello.

grupo 8 dijo...

En este decreto se menciona que para su elaboración "han sido oídos los colectivos profesionales
implicados en la atención sanitaria, a través de un amplio conjunto de sociedades científicas
de diferentes especialidades médicas y de enfermería". En primer lugar, existen más colectivos implicados en la atención sanitaria además de médicos y enfermeras, y en segundo lugar, ¿y los pacientes o usuarios?¿no tienen derecho a opinar sobre como se gestiona su historia clínica, donde vienen todos sus datos privados?

Por otra parte, pienso que después de un año esto aún no se ha llevado a cabo ni si quiera a nivel provincial ya que cada hospital tiene un programa y una historia clínica.

kostu dijo...

Me parece una herramienta muy interesante para facilitar la labor en los centro sanitarios, pero es una pena la inexistencia de la prática real en los mismos

Anónimo dijo...

Hola:

Me parece perfecto todo lo incluido en el BOE sobre el conjunto mínimo de datos que debe llevar la HC; el problema esta que el decreto es del año 2010, estamos en 2011, y en el sitio donde yo trabajo suena a chino lo que es la NANDA, los planes de cuidados etc.
Creo que en lo que a legalidad se refiere esta todo muy avanzado, pero implantado creo que queda mucho.

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